viernes , 29 marzo 2024
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El Atl. San Martín volvió a perder en el escritorio del Consejo Federal.

Como era de esperar, el Tribunal de Disciplinas dio por finalizado con el resultado 3 a 0 el encuentro del último fin de semana entre Peñarol y Atl. San Martín.

Los que la sacaron “barata” fueron los futbolistas del “León”, Leandro Roggerone, Agustín Domenech y Facundo Rodríguez, quiénes habían sido informados por el catamarqueño Juan C. Bazán por agresión, los tres recibieron solo una fecha de suspensión.

LAS SANCIONES:

  • Domenech, Agustín – Atl. San Martín (Mza) – 1 part., art. 186
  • Rodríguez, Facundo – Atl. San Martín (Mza) – 1 part., art. 186
  • Roggerone, Leandro – Atl. San Martín (Mza) – 1 part., art. 186

EXPEDIENTE Nº 4293/19 – TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2019
Partido del 26/05/19 – Club Sportivo Peñarol (San Juan) vs. Atlético Club San Martín (Mendoza).
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de Mayo de 2019.
VISTO:
El informe arbitral del encuentro disputado en fecha 26 de Mayo del año en curso, entre el Club Sportivo Peñarol (San Juan) vs. El club Atlético Club San Martín (Mendoza), el que se suspendiera con el triunfo parcial del local por tres goles a cero, el cual expresa que: “…A los 72′ de juego expulsé en San Martín (Mendoza), al jugador Nº 3, DNI 35.131.284, Rodríguez, Franco Emanuel por … conducta violenta … luego que les convirtieran el tercer gol, se produce un incidente del que participaron varios jugadores … diviso al jugador sustituto Nº 13 DNI. 39.381.977 Roggerone Leandro Emanuel … y el jugador sustituto Nº 12 DNI 41992.370, Domenech Agustín Alan … se nos vinieron encima empujándonos e insultándonos … luego intervino la policía y calmó los ánimos … decidimos suspender el partido por la agresión y mal comportamiento de los jugadores de San Martín a los 72 minutos de juego y el resultado favorable a Peñarol (3) vs San Martín (0)…”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota agregada a fs. 7, el Tribunal de Disciplina corrió traslado del citado informe a la Liga Mendocina de Fútbol, con la finalidad que Atlético Club San Martín y los jugadores Sres. Facundo Emanuel Rodríguez, DNI nro. 33.131.284, Leonardo Emanuel Roggerone, DNI nro. 39.381.977 y Agustín Alan Domenech, DNI nro. 41.992.370, procedieran a ejercer sus derechos de defensas.
Corrido traslado a los involucrados se presentan los Sres. José E. Panella y Daniel A. Rossi, en carácter de Vicepresidente y Secretario respectivamente del club mencionado y los jugadores Facundo Emanuel Rodríguez, Leonardo Emanuel Roggerone y Agustín Alan Domenech, quienes realizan un relato de los hechos ocurridos y de los antecedentes previos al partido en cuestión, manifestando que fueron perjudicados por las decisiones arbitrales de la terna arbitral.
Por lo argumentos vertidos en el descargo correspondiente, los directivos y jugadores involucrados solicitan se reprograme el partido y no se sancione o se atenúen las medidas disciplinarias que pudieran corresponder.
Analizadas las actuaciones resulta de toda evidencia que los hechos ocurrieron como los expresa el árbitro principal en su informe, que por otra parte, de acuerdo a criterios sostenidos en distintas resoluciones del cuerpo colegiado, constituyen semiplena prueba, y quienes pretendan ponerlo en crisis, deberán aportar los elementos probatorios que demuestren que los hechos no ocurrieron de la manera en que fueron informados, lo cual no ocurrió con ninguna de las personas informadas oportunamente por el árbitro del partido.
RESULTANDO:
Que se encuentran acreditados en los presentes actuados la responsabilidad de los jugadores del club visitante informados por el Árbitro principal, que conllevaron a la suspensión del partido.
Así tenemos que corresponde dar por finalizado el cotejo que en fecha 26/05/2019 disputaban en cancha del Club Sportivo Peñarol de San Juan, el equipo local versus Atlético Club San Martín afiliado a la Liga Mendocina de Fútbol, y determinar el triunfo del Club Sportivo Peñarol por tres (3) goles a cero (0), conforme a los arts. 106 inc. g y 152 del RTP.
Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior, RESUELVE:
1°) Dar por finalizado el cotejo que en fecha 26/05/2019 disputaban en cancha del Club Sportivo Peñarol de San Juan, el equipo local versus Atlético Club San Martín afiliado a la Liga Mendocina de Fútbol, y determinar el triunfo del Club Sportivo Peñarol por tres (3) goles a cero (0), conforme a los arts. 106 inc. b y 152 del RTP.
2°) Comuníquese, publíquese y notifíquese.

MIEMBROS PRESENTES: Dr. Antonio Raed y Dr. Pablo Iparraguirre.

Por Redacción.

 

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